El Supremo establece que los grupos parlamentarios no pueden impugnar decisiones del Gobierno por la via contenciosa
Rechaza el recurso de UpyD contra nombramientos en el Consejo de Seguridad Nuclear y le condena a abonar 5.000 euros en costas.
MADRID, 27 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Pleno de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia
por la que se declara que la falta de personalidad de los grupos
parlamentarios les inhabilita para poder utilizar la vía
contencioso-administrativa para impugnar decisiones del Gobierno al
contrario de lo que ocurre con los partidos políticos, que tienen plena
capacidad procesal.
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