GRUPO DE TRABAJO SOBRE ESTRATEGIAS INTEGRADAS EN ACTUACIONES DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE
ORIENTACIONES PARA LA DEFINICIÓN DE ESTRATEGIAS DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE INTEGRADO EN EL PERIODO 2014-2020
24 de julio de 2015
I. Antecedentes.
El Reglamento 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de
2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), establece en su artículo 7.1
“El FEDER apoyará, mediante programas operativos, el desarrollo urbano sostenible a través
de estrategias que establezcan medidas integradas para hacer frente a los retos económicos,
ambientales, climáticos, demográficos y sociales que afectan a las zonas urbanas, teniendo
en cuenta al mismo tiempo la necesidad de promover los vínculos entre el ámbito urbano y el
rural”. Los principios para seleccionar las zonas urbanas en las que deban aplicarse acciones
integradas para un desarrollo urbano sostenible y los importes indicativos previstos para
dichas acciones deben fijarse en el acuerdo de asociación con un mínimo de un 5% de
recursos del FEDER asignados para dicho fin a escala nacional”. Así mismo, el artículo 7.4 de
dicho Reglamento señala que “al menos un 5 % de los recursos del FEDER asignados a nivel
nacional en virtud del objetivo «inversión en crecimiento y empleo» se asignarán a medidas
integradas para el desarrollo urbano sostenible”.
En este contexto, el Acuerdo de Asociación de España 2014-2020, aprobado el 30 de octubre
de 2014, establece que “a las nuevas propuestas para el desarrollo urbano sostenible se les
exigirá estar respaldadas por una estrategia bien definida y a largo plazo que sirva de marco
de referencia territorial y sectorial para todas aquellas operaciones o intervenciones a
implementar, que deberán contribuir a dicha estrategia de manera coherente”. Seguir leyendo
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