| El HuffPost 28/10/2021 Antonio Ruiz Valdivia |
Así consta en la decisión de la Sala de lo Penal, que ha dictado sentencia en la pieza separada del caso Gürtel conocida como los papeles de Bárcenas.
En ese fallo, se condena también a dos años y nueve meses al arquitecto de Unifica Gonzalo Urquijo y Belén García, su socia en la empresa. En cambio, se absuelve a otros dos acusados: el exgerente del PP Cristóbal Páez y a Laura Montero, otra de las socias.
En el caso de Bárcenas la condena a dos años de cárcel se debe por abonar a la empresa Unifica una cantidad de 1.072.000 euros por las obras realizadas en la sede central del PP.
La Sala lo condena, señala la Audiencia, como cooperador necesario de un delito continuado de falsedad contable en concurso con un delito contra la Hacienda Pública relativo al Impuesto de Sociedades de 2007 de la empresa Unifica en relación de concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil cometido por particulares y le impone una multa de 1,2 millones de euros.
El tribunal le aplica la atenuante de confesión al haber quedado acreditada su “colaboración real, activa y eficaz” para el esclarecimiento de los hechos y sus autores. Al ex tesorero del PP, también se le aplica, junto con los otros dos condenados, la circunstancia atenuante de reparación del daño.
Queda probada la caja B del PP
En la sentencia de 454 páginas, la Sala de lo Penal relata cómo Bárcenas desempeñó el cargo de gerente del PP desde 1990 a junio de 2008, un periodo en el que gestionó los fondos en metálico aportados a la formación política como donaciones privadas “a través de una contabilidad paralela -contabilidad B- de cuyo ingreso y gasto no se dejó constancia en la contabilidad oficial ni por tanto fueron fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas”.
La Audiencia detalla: el control de los ingresos procedentes de las donaciones, así como de los gastos, lo llevaba el acusado Bárcenas en unas hojas que cumplimentaba con anotaciones manuscritas y después en hojas de excel, que es a lo que se ha llamado “papeles de Bárcenas”.
El fallo explica ese modus operandi de esta manera: estos papeles no contenían un registro sistemático de entradas y salidas y adolecían de diversos errores de saldo, así como saldos negativos, en los que generalmente faltaba dinero, si bien reflejan acontecimientos cuya realidad ha quedado acreditada, como los traspasos a las cuentas de donativos oficiales, entregas de dinero a determinadas personas vinculadas con el Partido Popular o los pagos por las obras de reforma de la sede central de la referida formación política en la Calle Génova, 13 de Madrid.
Y añade que este dinero, siempre en efectivo y ajeno a todo control del departamento de contabilidad y del cajero del partido, se guardaba en una caja fuerte ubicada en el despacho de Bárcenas.
Este artículo apareció originalmente en El HuffPost y ha sido actualizado.
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