España:Voto de obediencia y voto de conciencia
Voto de obediencia y voto de conciencia.
Los electores otorgan formalmente su representación a personas concretas, pero materialmente también al partido que respalda sus candidaturas. Es un dato relevante para valorar la obediencia al propio grupo político.
El debate en torno al infortunado proyecto de ley de aborto y al malaventurado acuerdo del Parlamento de Cataluña pidiendo la transferencia de la competencia para convocar referendos, ha sacado de nuevo al primer plano de la actualidad el gran tema de la disciplina de voto. En mi opinión, la sustitución del sistema de plazos por el de indicaciones sería un grave error y la insistencia en el empeño de pedir lo que de antemano se sabe que no se obtendrá solo se explica si, como he dicho en otro lugar, lo que se quiere realmente no es el referéndum, sino la negativa a permitirlo. Pero el análisis de la institución ha de hacerse al margen del juicio sobre las razones por las que unos, en Barcelona, rompen la disciplina de voto y otros, en Madrid, piden que se les dispense de ella. Mejor decirlo así, para evitar las muchas y amargas implicaciones de la referencia habitual al “voto en conciencia”.
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