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| EFE 26/01/2021 Víctor Malagón |
La Audiencia y el TSJB más tarde condenaron a ambos agentes. Consideraron probado que ambos fueron a ver a una antigua pareja de Vivas y la coaccionaron para intentar impulsar una denuncia penal por un supuesto maltrato a un detenido. Ese encuentro se produjo después de que la ahora concejal hubiera denunciado haber sufrido trato homófobo cuando formaba parte de la unidad motorizada de la Policía Local. Esas vejaciones a Vivas fueron declaradas probadas por la Audiencia pero de ahí no se dedujo ninguna condena porque esos hechos fueron declarados prescritos.
El Supremo sólo admite un matiz técnico en los recursos de los dos agentes al excluir de la condena una pena de inhabilitación especial. Descarta un motivo relacionado con la investigación en el TSJB por las irregularidades en la instrucción del ‘caso Cursach’ porque entiende que no está relacionado con los hechos que se juzgaban en esta causa.
En paralelo a esta resolución del Supremo un juzgado de Palma ha citado a declarar a Sonia Vivas por una querella de estos dos policías ahora condenados. Le acusan de mentir en el juicio de este proceso.
Consulta aquí la sentencia completa del Tribunal Supremo

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